Caso Píparo: se complica la situación judicial de la Diputada de JxC

La diputada bonaerense y Secretaria de Asistencia a la Víctima de la Municipalidad de La Plata, Carolina Píparo, fue denunciada por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

La denuncia fue presentada por el abogado de los jóvenes que atropellaron el 1º de enero, alegando que se trataban de “motochorros” que los habían asaltado. La diputada de Cambiemos iba como acompañante y luego del hecho ni siquiera llamó al SAME.

Al día de hoy, el esposo de Píparo, Juan Ignacio Buzali, sigue detenido y está imputado por el delito de homicidio doloso en grado de tentativa. Además, la justicia ya rechazó dos pedidos de excarcelación y Píparo dispuso que su defensa pase de Burlando a un abogado de genocidas.

La denuncia completa contra Carolina Píparo

Señor Agente Fiscal

MARTIN MIGUEL DE VARGAS, DNI 24.953.518, de nacionalidad Argentina, de profesión abogado, inscripto al T° LX F°42 del CALP, por derecho propio, constituyendo domicilio a los efectos de la presente en calle 48 numeral 726 piso 9 oficinas A y B de la ciudad de La Plata y domicilio electrónico en 20249535185@notificaciones.scba.gov.ar me presento y respetuosamente digo:

Que vengo por la presente a formular denuncia penal contra la ciudadana CAROLINA ROSANA PIPARO en los términos del artículo 248 y ccs de código penal.

La denunciada CAROLINA PIPARO ostenta el cargo de Secretaria de Asistencia a la Víctima y Políticas de Género designada por el intendente Julio Garro según decreto 2698/19 del poder ejecutivo comunal de la ciudad de La Plata.

Se destaca entre sus funciones en el decreto 2698/19 “desarrollar e implementar políticas públicas de prevención, asistencia y atención de las víctimas de delitos en el ámbito municipal”.

“establecer vínculos de coordinación y cooperación con organismos nacionales, provinciales, municipales e internacionales, ya sean estos públicos o privados, con la finalidad de actuar conjuntamente en la defensa del acceso y goce de los derechos de las víctimas”

Consecuentemente la actitud delictiva desplegada por su marido JUAN IGNACIO BUZALI en la IPP 26/21, no la exime del compromiso funcional asumido.

Aquí corresponde a CAROLINA PIPARO la no ejecución de leyes cuyo cumplimiento les incumbe, que consiste en omitir cumplir con la ley, infringiendo de esta manera con su deber de funcionario público y afectando el funcionamiento de la Administración Pública, a la sazón bien jurídico enunciado en la norma.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *